viernes, 1 de febrero de 2013

SERVICIOS TURISTICOS AFECTOS A DETRACCION





La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria Incorporo desde el 2 de abril, a todos los servicios gravados con el Impuesto General a las Ventas (IGV), que aun no se encuentran sujetos a dicho sistema.

El importe mínimo de la operación para ser sujeto de la detracción se mantiene en 700 nuevos soles, en tanto que la tasa será de nueve por ciento sobre el importe de la operación y se aplicará cuando se emita comprobantes de pago que permita sustentar crédito fiscal del IGV.


Los servicios que estarán sujetos al sistema de detracción son:

Los servicios de salud, de impresión, radio y televisión, logísticos, informáticos, asesoramiento empresarial, esparcimiento.

Otras actividades que están incluidas son movimientos de carga, otros servicios empresariales, comisión mercantil, fabricación de bienes por encargo, transporte de personas y contratos de construcción.

Pero hablaremos de las Agencias de Viajes que también se unen a la lista, por prestar servicios turísticos .Toda empresa dedicada a este rubro, está sujeta al spot, siendo de carácter obligatorio, seguir todos los requisitos de las empresas ya acopladas.

Tendrán que abrir su cuenta de detracciones en el bando de la nación, para la realización del depósito respectivo, las cuales podrán usar para el pago de sus impuestos y los obligados podrán realizar el pago mediante Sunat Virtual (www.sunat.gob.pe) o en las oficinas de dicho banco.  

Pero También debemos ver dos temas dentro de las agencias de viajes, estas no solo prestan los servicios turísticos que incluye (servicio de guía, compra de entradas, reserva de hoteles, almuerzos y otros gastos).Si no también está el tema de transporte turístico. Sunat en el ANEXO III nos dice que están afectos los servicios de transporte de personas a una tasa del 12%





Por Tanto Tenemos dos Temas:


1ª El servicio turístico afecto al 9%
2ª El servicio de transporte turístico afecto al 12%

El código para realizar el depósito  del servicio turístico es 037 y para el servicio de transporte turístico de personas es 026.


Estas medidas tomadas por sunat es gracias a la evasión u omisión de ingresos mediante la no emisión de comprobantes de pago o subvaluación de los servicios prestados, así como el uso de crédito fiscal y deducción de gastos indebidos porque son ajenos al giro del negocio o no son necesarios para producir y mantener la fuente generadora de ingresos o cuyos importes superan los límites establecidos en las normas tributarias.


Finalmente, la Sunat dijo que los contribuyentes cuyas actividades han sido incluidas en este sistema deberán realizar el pago dentro de las fechas correspondientes ,dentro de los 5 primeros días hábiles del mes siguiente.




 

COMERCIO EXTERIOR EXCEPTUADOS DE LAS DETRACCIONES



Los servicios prestados por los operadores de comercio exterior están exceptuados de las detracciones del Impuesto General a las Ventas.Así respondió la administración tributaria a una consulta de la Cámara de Comercio de Lima para aclarar la correcta aplicación de este régimen, tras la publicación de la RS Nº 158-2012-Sunat.

Sunat se pronuncia  , conforme a la Ley General de Aduanas (LGA) no hay una diferencia que pueda distinguir los regímenes, operacionales y destinos aduaneros, denominando régimen aduanero a todas las destinaciones aduaneras a las que pueden ser sometidas las mercancías que ingresan o salen del país.Sin duda estas operaciones son muy importantes para el crecimiento del país,el desarrollo empresarial con visualización de una mejor comercialización con empresas extranjeras. Debemos seguir creciendo y hacer conocidos los productos que se trabajan en el país también es indispensable las buenas relaciones que tengamos, que es uno de los puntos para llegar a un buen acuerdo.

  

En el país , contamos con una diversidad de empresas que se dedican  al exportación e importación  de productos vía marítima,terrestre, aérea


"La exclusión de las detracciones comprende a los servicios que prestan los operadores de comercio exterior a los sujetos que solicitan "cualquiera" de los regímenes aduaneros previstos en la LGA, incluyendo aquellos de carácter especial o de excepción; no estos últimos con exclusividad".

                  

Por tanto, se aclaró que están excluidos de las detracciones los servicios que prestan los agentes marítimos y agentes generales de líneas navieras, compañías aéreas, agentes de carga internacional, almacenes aduaneros, empresas de servicio de entrega rápido y agentes de aduana.






sábado, 26 de enero de 2013

ESPECTÁCULOS PÚBLICOS AFECTOS A DETRACCION



En las continuas revisiones que sunat realiza a las empresas, detecto que presentan un bajo IGV que no tienen relación con sus ingresos.
Estas empresas como otras de distinto rubro, siguen en la misma situación de evadir impuestos, en el país hay muchas empresas  dedicadas a brindar espectáculos públicos en vivo que evaden el pago del Impuesto General a las Ventas (IGV).
Por lo general estas empresas tienen muchos contratos durante el año, tanto nacional e internacionales tanto así que se puede agotar las entras y siguen haciendo entrar  al publico, de manera no formal y generando ingresos adicionales que pueden hacer pasar por otros gastos de la empresa, evadiendo responsabilidades antes la superintendencia.
La sunat Indicó que un 50 por ciento presenta un bajo IGV por pagar respecto a las ventas gravadas, lo que no guarda relación con el número de entradas emitidas y que son verificadas permanentemente por la Sunat.
Ante esto habrá una continua supervision a estas empresas, que están jugando con la economía peruana , evadiendo impuestos que son beneficiosos para la construcción de obras y surgimiento del país.

Por ello, desde noviembre del 2012 la superintendencia, aplica el sistema de detracciones a los espectáculos públicos, que considera todo tipo de talentos artísticos que se lleve de manera pública: canto, baile, actuación, entre otros.

Los espectáculos en vivo de teatro, zarzuela, conciertos de música clásica, ópera, opereta, ballet, circo y folclore nacional no serán incluidos en la detracción cuando sean calificados como culturales, según la Ley del IGV e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC).




viernes, 18 de enero de 2013

INCORPORACION DE BIENES AGROPECUARIOS Y MINEROS AL SISTEMA DE DETRACCIONES


Ante tanta evasión tributaria, sunat incorpora nuevos bienes a su lista, en este caso se trata de los minerales, cuya comercialización en algunos cosas se lleva de manera ilegal y las empresas que se desarrollan en este rubro entran en una competencia que  les hace actuar a beneficio propio, sin impórtales no pagar sus impuestos que sirve para el desarrollo del país.
 En primer término se busca aplicar la detracción a los bienes exonerados del Impuesto General a las Ventas (IGV).
Las prioridades de Sunat son :
En el Sector agropecuario
principalmente del sector agropecuario, los ingresos obtenidos por estas empresas, es un logro para sunat ya que constituye el pago del impuesto a la renta.
El porcentaje a aplicar a dichas operaciones es del 1.5%, de esta manera los sujetos obligados, tendrán que pagar pero también no acumularan nuevos montos por pagar evitando generarles intereses y pago por costas procesales,en los cuales suant corres con ciertos gastos administrativos, enviando notificaciones a las empresas que no cumplen con sus obligaciones trubutarias, no presentando sus declaraciones juradas o presentandolas pero no pagando el importe cuando en realidad tienes el dinero.

 A continuacion podemos ver un video sobre el desarrollo del sector agropecuario sujeto al sistema:

En el Sector Minero
Se Implementa la incorporación  al sistema con una tasa de 5% la venta de oro y demás minerales metálicos exoneradas del IGV, así como los concentrados de minerales metálicos no auríferos, porque en este sector es donde se ve más el incumplimiento de las obligaciones tributarias.
Así mismo sunat,amplia la lista de minerales no metálicos,cuya producción y comercialización estará sujeta al sistema de detracciones, siendo la tasa por aplicar del  6%. 
Detallamos los minerales sujetos al sistema:
La dolomita, arcillas, silicato, calcita, yeso, borato, sílice, coquina, arenisca, baritina, bentonita, talcos, diatomitas, caolín, andesita, sulfatos, carbón antracita, carbón bituminoso y puzolana. En este grupo no se incluye la sal, el hormigón y los fosfatos en esta lista,que no estaran afectas al sistema.
 La Sunat afirma que los contribuyentes de las actividades de la minería no metálica evidencian un alto nivel de informalidad en la cadena de producción y comercialización, además de la competencia desleal proveniente del incumplimiento tributario.
 A continuacion podemos ver un video sobre el desarrollo del sector minero sujeto al sistema:

“Con la ampliación del sistema de detracciones a más productos se evitará que se genere deuda tributaria adicional en cobranza coactiva y se logre cobrar la deuda existente”, sostuvo la Sunat.


 Finalmente, manifestó que estas medidas se complementarán con las acciones de control que viene implementando.

viernes, 11 de enero de 2013

ADAPTACION DEL SISTEMA DE DETRACCIONES

En el sistema de detracciones hay cambios continuamente, como por ejemplo la  incorporación de nuevos bienes o servicios, requisitos establecidos por sunat, entre otros.Es por ello que Sunat toma la decision de informar al contribuyente de algunos puntos y requisitos a tener en cuenta.
Esto sirve para saber que decisiones tomar de manera certera,cumpliendo la norma y no incurrir en falta y evitar multas,sanciones de parte de la Administracion tributaria.
A continuación resaltamos algunos puntos más importantes aplicables a las detracciones:
Denominación
 Este sistema es denominado “Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias”





Deudas administradas por SUNAT
 Los fondos que el contribuyente tiene en su cuenta del Banco de la Nación, no sólo se utilizarán para pagar las deudas con con el estado, sunat ,estos fondos lo puede utilizar para el pago de sus deudas de tributos y contribuciones que administre o recaude la SUNAT. Por ejemplo, Es salud, ONP y otros.

Uso del fondo detracciones
 Los fondos que el contribuyente posee en el BN, no es de uso personal sino aplicable al pago de tributos, multas, anticipos, pago a cuenta de impuestos, sino también para el pago de los intereses moratorios, costas procesales,todo gasto que sunat incurra por incumpliento del contribuyente. (Actualización de deudas Art. 33° del Código Tributario).
 Representante
La superintendencia elige a quien este obligado hacer el depósito, al tercero que en virtud de un mandato o prestación de un servicio reciba el importe de la operación por cuenta del proveedor.
Disponibilidad de los fondos
Los fondos que tiene el contribuyente en el banco de la nación pueden ser solicitadas, para ello no debe tener deuda pendiente; ni haberse negado a comparecer ante SUNAT, ni haber dejado de presentar sus declaraciones menusuales,anuales.
Suspensión del plazo para liberar los fondos
 El plazo para llegar al acuerdo de la solicitud de disposición de los montos depositados es de 60 días hábiles.
Rebaja de multas
 La sunat hace una rebaja por infracciones al sistema en un 100% al 50%, en los casos siguientes:
- Por no efectuar el integro del depósito dentro de la fecha que establece sunat que son los primero 5 dias habieles del sisguiente.El proveedor cobra el total de la factura y sin embargo teniendo el dinero no efectua el deposito de la detraccion,incurriendo en falta.

Ejemplos que establece la Sunat:
- Cuando el proveedor permite el traslado de los bienes (azúcar, alcohol) desde los centros de producción, sin haber acreditado el depósito de la detracción.
Las administradoras de peaje que no depositan los cobros realizados a los transportistas – servicio de pasajeros – , pagarán como multa el 50% del importe no depositado, en sustitución de 1/2 UIT por cada vehículo que exigía la norma anterior.
En el caso que los fondos BN sean destinados a fines distintos del sistema, la multa se mantiene en el 100% sobre importe indebidamente utilizado.

Ingreso como recaudación
 En caso el contribuyente este en falta, el banco de la nación ingresará como recaudación los montos depositados en casos de: no emitir comprobantes de pago; omitir llevar libros de contabilidad; no presentar declaraciones determinativas; no exhibir los libros y registros que le sean solicitados; datos falsos en las declaraciones juradas determinativas. (Se elimina la infracción relativa a emitir documentos que no reúnen las características de comprobante de pago).

 
 Excepciones del ingreso como recaudación
La SUNAT ,tiene el derecho y libertad en disponer en que casos los fondos del BN no serán ingresados al Tesoro Público como recaudación fiscal.



 Ingreso parcial como recaudación
Igualmente, la SUNAT mediante Resolución de Superintendencia, establecerá los casos de ingreso parcial como recaudación. Actualmente, una vez incurrida en alguna causal, el ingreso como recaudación es el 100% de los fondos que el contribuyente infractor tiene deposito en su cuenta detracciones.En esta no
Depósitos indebidos
La SUNAT expedirá las normas reglamentarias, respecto del tratamiento que se aplicará a los depósitos indebidos o en exceso al sistema, así como el mecanismo de aplicación o destino de los montos ingresados como recaudación, entre otros.

 Reforzando el tema,aqui algunos cambios en el sistema:

 











sábado, 5 de enero de 2013

SERVICIOS SUJETOS AL SISTEMA DE DETRACCIONES

El sistema de detracciones se aplica a diversos bienes y servicios los cuales superen los S/.400 o S/.700 segun sea el tipo de servicios a aplicar,sunat pone a disposicion de los usuarios informacion completa en su portal.
 
Hablaremos de los mas usuales que se presentan en la empresas que son los del ANEXO 3 SERVICIOS SUJETOS AL SISTEMA:
 
Intermediación laboral y tercerización :
 
1.Son los contratos de gerencia, conforme al artículo 193° de la Ley General de Sociedades.
2.Los contratos en los cuales el prestador del servicio dota de trabajadores al usuario del mismo, sin embargo éstos no realizan labores en el centro de trabajo o de operaciones de este último sino en el de un tercero.
El porcentaje a aplicar es del 12%


Contratos de construcción
Los que se celebren respecto de las actividades comprendidas en el inciso d) del artículo 3° de la Ley del IGV, con excepción de aquellos que consistan exclusivamente en el arrendamiento, subarrendamiento o cesión en uso de equipo de construcción dotado de operario.
El porcentaje a aplicar es del 5%
 
 
 
Demás servicios gravados con el IGV
En este rubro aplica por ejemplo:
1.Actividades de Servicio turistico
2.Actividades de Servicio de restaurantes,siempres y cuando el local sea contratado por una empresa y cerrado para atencion exclusiva del personal de la empresa.

El porcentaje a aplicar es del 9%

Arrendamiento de bienes :

1.Al arrendamiento, subarrendamiento o cesión en uso de bienes muebles e inmuebles.

El porcentaje a aplicar es del 12%

Mantenimiento y reparación de bienes muebles:

1.Al mantenimiento o reparación de bienes muebles corporales y de las naves y aeronaves comprendidos en la definición prevista en el inciso b) del artículo 3° de la Ley del IGV.

El porcentaje a aplicar es del 9%

Otros servicios empresariales

A cualquiera de las siguientes actividades comprendidas en la Clasificación Industrial Internacional Uniforme (CIIU) de las Naciones Unidas - Tercera revisión, siempre que no estén comprendidas en la definición de intermediación laboral y tercerización contenida en el presente anexo:
a) Actividades jurídicas (7411).
b) Actividades de contabilidad, teneduría de libros y auditoría; asesoramiento en materia de impuestos (7412).
c) Investigaciones de mercados y realización de encuestas de opinión pública (7413).
d) Actividades de asesoramiento empresarial y en materia de gestión (7414).
e) Actividades de arquitectura e ingeniería y actividades conexas de asesoramiento técnico (7421).
f) Publicidad (7430).
g) Actividades de investigación y seguridad (7492).
h) Actividades de limpieza de edificios (7493).
i) Actividades de envase y empaque (7495).
 
El porcentaje a aplicar es del 12%
 




martes, 1 de enero de 2013

PAGO DE DETRACCIONES



PAGO DE DETRACCIONES


Ahora es muy fácil para las empresas realizar el pago de sus detracciones vía ONLINE , conectándose a la pagina de sunat. Es una manera fácil puesta a disposición de los usuarios para no retrasar el pago de sus obligaciones y así utilizar el debido uso del crédito fiscal.

A continuación los pasos a seguir: